Las grietas son la manifestación externa, de los problemas más graves que puede tener una edificación, y a veces los más difíciles de resolver, y son debidas a asientos diferenciales, que a su vez son originados por :
- Una mala compactación del terreno,
- A cambios en las propiedades del terreno debido a presencia de agua,
- O al mal dimensionamiento de la cimentación para el terreno en que se apoya
Es una especie de cáncer que tiene una edificación, puesto que si evoluciona negativamente, se puede colapsar y hasta caerse la casa. Los cimientos están fallando, al fallar la cimentación, la estructura trabaja de forma no prevista o calculada y la vivienda, o parte de la vivienda, puede llegar a derrumbarse, con el siguiente peligro para sus habitantes.
Como efectos colaterales las grietas dan mala imagen, pues, ni incluso en los tiempos anteriores a la crisis (que todo se vendía) era fácil vender una casa con grietas, y máxime ahora, que la gente pregunta “¿que son esas grietas?”. Además las grietas producen un efecto incómodo, desagradable, anti-estético y de miedo para sus moradores, aunque la casa, incluso, no se llegue a vender. Sin perjuicio de la tremenda frustración e impotencia que supone para un ahorrador el haber depositado todos sus esfuerzos en la compra o edificación de la casa.
Las sensaciones que hemos encontrado, a través de nuestra trayectoria profesional, es “no saber que hacer”, frustración, amargura, impotencia y desesperación, y sobretodo, que los han engañado y no hay soluciones para su grave problema.
A veces, hemos encontrado la reacción, paradójicamente, contraria:
No querer reconocer el problema y hacerse ver, la propia víctima, que las grietas no tienen importancia, o que no merece la pena repararlas, o que “pleitos tengas y los ganes”, o que no “merece la pena reclamar”.
Pero, en el fondo, su ignorancia, su economía y su falta de confianza en los demás, al sentirse engañados, le impiden ver los caminos que hay que tomar.
¿QUÉ PUEDE HACER?
No es cierto que su problema sea irresoluble.
1.- TÉCNICAMENTE
Las opciones para reparar este tipo de problemas había y las hay, muchas y diferentes, como un pilotaje en la zona, de manera que se mejore el reparto de cargas sobre el terreno, intentando llegar con el pilote al firme. Se penetra el pilote en el terreno y se estabiliza la cimentación. Posteriormente se procede a la reparación de las grietas.
Y las Resinas. La principal ventajas de operar con éstas, es la rapidez de ejecución y la limpieza del proceso, pues no es necesario estacionar maquinaria pesada ni materiales pesados para su ejecución. La ventaja añadida es que se puede ejecutar, en zonas de sótanos, zonas ciegas o interiores de edificios, en calles muy estrechas… o en vias donde no se pueda descargar hormigón.
Pero tras resultado de años de experiencia, y amparado con resultados, lo mejor, es el sistema combinado que une la potencia consolidante de la resina, con la alta capacidad portante de los micropilotes hincados a presión.
Los resultados son ESPECTACULARES al combinar micropilotes e inyección de resinas.
Pero no hay que olvidar que cada edificio tiene su propia problemática, origen de la patología, forma de reparación, así pues cada caso es diferente a otro, por lo que se estudiará, de forma personalizada, la mejor solución de reparación para cada edificación.
2.- JURÍDICAMENTE, puede optar por una de estas 2 soluciones:
De nada sirve la técnica, si no hay economía para afrontarlo. Hay que hacer que paguen los responsables, pero ¿COMO?
1. Reclamar y luego Reparar
Usted (*) tiene grietas, pero no dispone de dinero para repararlas. GRIETAS.ES pide al Juez, que al Arquitecto, o al Promotor o al Constructor y a los Seguros, se les condene a afrontar la reparación. Lo hacemos nosotros para usted. Sólo cobramos cuando ganemos. Llegado ese momento, con el importe obtenido repara y cobramos.
2. Reparar y luego Reclamar
Usted (*) tiene grietas, y dispone de dinero para repararlas. Repara, e inmediatamente pedimos el reintegro de las cantidades realmente invertidas por usted. ( REPARA y LUEGO reclamamos la factura)
(*) Usted puede ser propietario individual, o formar parte de una Comunidad de Propietarios, o actuar como un grupo de propietarios en viviendas adosadas o dúplex, etc.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE LO QUE PUEDE HACER
Como ya hemos expresado, usted puede
1. REPARAR y RECLAMAR
Usted afrontará el coste de la reparación de la cimentación de forma inmediata. Una vez finalizada la reparación, nuestra empresa reclamará judicialmente el coste del importe de ésta y además los daños colaterales que se hayan producido en el interior de la vivienda, como consecuencia del fallo estructural o de cimentación. Véase suelos, tabiquería, etc.
2. RECLAMAR y REPARAR
Usted reclamará el coste de la reparación de la cimentación y daños colaterales.
Puesto de manifiesto los daños, nuestra empresa realiza un dictamen pericial de los daños y se reclama judicialmente. La reparación se afrontaría tras resolverse el procedimiento y con la indemnización que se obtenga.
3. ¿QUÉ DAÑOS PUEDE RECLAMAR?
Lo que usted ve, son grietas y fisuras, pero pueden ser debidas a muchas causas. Estas son las mas usuales:
- Asientos diferenciales de cimentación. Hay grietas y fisuras en los tabiques y muros.
- Daños estructurales, grietas y fisuras en todo o parte del edificio o casa, por cimentación, que pueda afectar a la estabilidad y resistencia mecánica del edificio
- Daños producidos en la cimentación del edificio (adosados, dúplex, chalets,etc), cuyo origen sea por avería o rotura en la red de suministro de agua, que produce lavado del terreno, y en rotura de los muros y paredes, por eso aparecen grietas y fisuras.
- Daños como consecuencia de excavaciones en el solar colindante, que produzcan fisuras o grietas en nuestro edificio.
4. ¿EN QUÉ PLAZOS PUEDE HACERLO, PARA PODER RECUPERAR SU DINERO?
- 10 años frente al Arquitecto y su aseguradora, la promotora y demás intervinientes constructivos que pudieran tener responsabilidad. Los plazos deben calcularse desde el otorgamiento del Certificado final de obras o del Acta de recepción de la obra, según marca la Ley de Ordenación de la Edificación.. Se refiere a daños que afecten a la estructura y cimentación y sean lo suficientemente importantes como para que influyan en la estabilidad y resistencia mecánica del edificio.
- 10 años frente a la aseguradora de la Promotora, a través del Seguro Decenal. Para aquellos daños que afecten a la estructura y cimentación y sean lo suficientemente importantes como para que influyan en la estabilidad del edificio. La diferencia con los daños del punto anterior, es que las aseguradoras, normalmente, excluyen de sus pólizas, la obra accesoria, y solamente aseguran la principal.
- 1 año, desde que aparecen grietas en el edificio, como consecuencia de una excavación en solar colindante o próximo, daños por construcción de metro, de aparcamientos subterráneos, etc.
- 10 años, frente a los técnicos de la obra colindante.
- 15 años, frente a los técnicos contratados por un autopromotor.